El Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el mes de sueldo que se calcula para multiplicar por la cantidad de años trabajados no puede exceder el equivalente a tres veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de las remuneraciones previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable al trabajador. Para los trabajadores excluidos del Convenio (Ej: personal de categoria mas importante que las legisladas en el Convenio o personal excluido por su función: ej.
secretaria que maneje informacion confidencial) se aplica el tope aplicable al establecimiento o el mas favorable si hubiere mas de uno. (Contáctenos para mayor información) El tope solo se aplica al rubro indemnizacion por antiguedad y no a toda la liquidacion.
Como en el caso de trabajadores que tienen remuneraciones importantes, la indemnizacion que se obtiene al aplicar el tope se reduce en forma importante, algunos fallos decretaron la inconstitucionalidad del tope, basandose en el principio constitucional de la protección contra el despido arbitrario.
El 15/9/04 la Corte Suprema se expidio extensamente al respecto en el
fallo "Vizzoti c/ Amsa S.A. s/ despido" en el cual se concluyo que la mejor remuneracion mensual normal y habitual computable no puede ser reducida en mas de un 33%. Este fallo de la corte no es de obligatoria aplicacion para los juzgados y camaras del trabajo (algunas se han expedido posteriormente diciendo que una ley no puede ser parcialmente inconstitucional y por ello han decretado la inconstitucionalidad absoluta del tope ), pero permitiria a la empresa que sea demandada llegar a la Corte (Y si la composicion de la Corte es la misma se supone que deberian establecer el mismo criterio).
Por lo expuesto, existen dos posibilidades: si se aplicó el tope, el trabajador puede reclamar la diferencia (seguramente reclamara que no se aplique el tope pero tiene importantes posibilidades de que prospere su reclamo por la diferencia entre el 67% de su remuneración y el tope establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo), y si se aplico el tope con el criterio de la Corte en el fallo Vizzotti, es decir tomando como base el 67% de la mejor remuneración del empleado, el trabajador tambien puede reclamar la diferencia entre su sueldo real y la remuneración que tomo la empresa, aunque sus posibilidades de éxito son menores. Salvo que exista una resolución judicial firme o un acuerdo homologado, el trabajador tiene dos años desde la extinción del contrato de trabajo para reclamar la diferencia entre la indemnización sin tope y la liquidación realizada por la empresa. Tenemos mucha mas jurisprudencia sobre este tema, especialmente respecto de trabajadores jerarquicos y fuera de convenio. Contáctenos. Dr. Fernando Raul Perez. www.derechotrabajo.com.ar
Abogado laboral
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